Recientemente, la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) decidió retirar a la Alcaldía de Barrancabermeja de la convocatoria territorial 10 debido a una medida cautelar dictada por el Juzgado Segundo Administrativo de Barrancabermeja. Esta medida se dio en el marco de una acción de nulidad presentada contra el acto administrativo de convocatoria, interpuesta por un ciudadano y apoyada por varios sindicatos. La medida cautelar, aunque no es una sentencia definitiva, implica la suspensión provisional del concurso hasta que se tome una decisión de fondo.
La decisión judicial se basó en la existencia de una modernización administrativa en curso en la Alcaldía, la cual, según recomendaciones de la Procuraduría General de la Nación y del Departamento Administrativo de la Función Pública, no debería coincidir con un concurso de méritos. Sin embargo, es importante destacar que estas son recomendaciones, no mandatos legales. Desde Construyendo Méritos, consideramos que esta decisión judicial, aunque respetable, es desafortunada ya que prioriza una doctrina administrativa sobre la legislación superior que regula la carrera administrativa en Colombia.
La suspensión del concurso para la Alcaldía de Barrancabermeja tiene consecuencias serias, ya que podría retrasar por meses o incluso años el acceso de los ciudadanos a los empleos en vacancia definitiva en dicha entidad. Aunque la Comisión Nacional del Servicio Civil ha apelado la decisión, el daño ya está hecho: la alcaldía ha sido retirada de la convocatoria territorial 10 y tendrá que esperar para un nuevo proceso de selección. Desde nuestra perspectiva, es fundamental que el principio constitucional del mérito prevalezca y que se garantice el acceso justo y equitativo a los cargos públicos.