En el ámbito de los concursos de méritos organizados por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), surge la pregunta sobre cómo se valoran los títulos obtenidos en el exterior. En este post, desglosaremos las nuevas reglas establecidas por la CNSC en su criterio unificado para la valoración de estos títulos.
Durante la fase de inscripciones, los candidatos deben postular sus certificados o títulos de educación formal. Estos documentos se valoran en dos momentos clave: la verificación de requisitos mínimos y la prueba de valoración de antecedentes.
Para los títulos de pregrado y posgrado obtenidos en el exterior, la CNSC permite que se valoren durante la verificación de requisitos mínimos sin necesidad de contar con una convalidación del Ministerio de Educación Nacional. Es suficiente con presentar la apostilla del título. Sin embargo, el candidato deberá convalidar el título dentro de los dos años siguientes a su posesión en el empleo.
En la prueba de valoración de antecedentes, los títulos obtenidos en el exterior sí deben estar convalidados para que generen un puntaje adicional. Esto diferencia claramente esta fase de la verificación de requisitos mínimos.
Para los títulos de educación básica y secundaria, como el título de bachiller, la convalidación por parte del Ministerio de Educación Nacional es obligatoria desde la fase de inscripciones para cumplir con los requisitos mínimos del empleo.
Las nuevas reglas de la CNSC facilitan la participación de candidatos con títulos obtenidos en el exterior, permitiendo su valoración sin convalidación en la fase de requisitos mínimos, pero exigiéndola para la prueba de valoración de antecedentes. Esta normativa se aplica a futuros concursos de méritos y no afecta a los concursos en curso.