En días pasados desde Construyendo Méritos elevamos una serie de derechos de petición de información a diversas entidades y órganos del Estado que poseen un régimen especial de carrera administrativa, entre ellas la Defensoría del Pueblo, una de las entidades con régimen especial de carrera según la Ley 909 de 2004, preguntando por el número de vacantes en la entidad y la planificación del próximo concurso público de méritos.
En respuesta dada el 13 de agosto de 2021 por la Subdirección de Gestión del Talento Humano de la Defensoría del Pueblo, se informó que actualmente la entidad cuenta con dos mil tres (2003) empleos de carrera administrativa, de los cuales mil quinientos noventa y un (1591) empleos se encuentran actualmente en vacancia definitiva. Esto quiere decir, que las tres cuartas partes de los empleos de carrera de la entidad están siendo ocupados por personal nombrado en provisionalidad o mediante encargo.
Sobre la pregunta de cuándo la entidad piensa convocar el próximo concurso de méritos, la entidad respondió en los siguientes términos:
“Teniendo en cuenta la política de austeridad del Gobierno Nacional con ocasión de la pandemia por Covid 19, la Defensoría del Pueblo no cuenta con presupuesto para iniciar un concurso de méritos en la actualidad. No obstante, se están iniciando los trámites y diálogos con las entidades gubernamentales concernientes para determinar su viabilidad más adelante.”
De esta respuesta resalta una voluntad por desconocer el mandato constitucional de vincular mediante concurso de méritos a los servidores de carrera de la entidad. También llama la atención el que se hable de una política de austeridad del Gobierno Nacional, cuando la Defensoría del Pueblo es un órgano constitucional autónomo, que no depende del poder ejecutivo para formular y ejecutar sus propias estrategias en materia de carrera administrativa, especialmente cuando la mayoría de los servidores de la entidad han sido nombrados mediante provisionalidad, incumpliendo de esta forma el mandato constitucional que ordena a la carrera administrativa como sistema de ingreso a la función pública.
Es deber de la entidad organizar un próximo concurso de méritos que permita el acceso democrático a los empleos de carrera.